El Congreso de la República de Guatemala aprobó este 28 de abril de 2026, con 124 votos a favor, el Decreto 13-2026, una reforma a la Ley de Actualización Tributaria (Decreto 10-2012) que exonera del pago del Impuesto Sobre la Renta (ISR) a los trabajadores en relación de dependencia que devengan el salario mínimo. La reforma representa un cambio estructural de fondo en el régimen del ISR aplicable a las rentas del trabajo y tendrá implicaciones tanto para los empleados como para los patronos en todo el país.

En este artículo le explicamos en qué consiste la reforma, a quiénes beneficia, cuándo entra en vigor y qué deben tomar en cuenta los empleadores para cumplir adecuadamente con la nueva normativa.

¿Qué establece el Decreto 13-2026?

El decreto se compone de cinco artículos y reforma, entre otros, el inciso "A" del artículo 72 del Decreto 10-2012, que establece la base imponible sobre la cual se calcula el ISR para asalariados. Los puntos centrales de la reforma son los siguientes:

1. Deducción mínima vital indexada al salario mínimo

Hasta ahora, la Ley de Actualización Tributaria contemplaba una deducción mínima vital fija de Q48,000.00 anuales, vigente desde 2012, monto que con el paso del tiempo perdió valor real frente a la inflación y los ajustes salariales. Con la reforma, la deducción será equivalente a 12 salarios mínimos anuales, incluyendo la bonificación incentivo, y se actualizará automáticamente cada año conforme cambie el salario mínimo vigente. Esto garantiza coherencia entre la política salarial y la política fiscal y evita que los aumentos al salario mínimo sean neutralizados por la carga impositiva.

2. Crédito por IVA en gastos personales

Se mantiene el mecanismo que permite acreditar hasta Q12,000.00 por concepto de IVA pagado en gastos personales mediante la planilla anual, lo cual incentiva la formalidad en el consumo.

3. Deducción extraordinaria para el período fiscal 2026

Como medida transitoria, el artículo 4 del decreto establece una deducción extraordinaria de Q3,024.00, sin necesidad de comprobación alguna y adicional a las contempladas en el artículo 72 de la Ley de Actualización Tributaria, aplicable únicamente al período fiscal del 1 de enero al 31 de diciembre de 2026. Esta deducción busca compensar las retenciones efectuadas durante el ejercicio fiscal mientras entra en vigencia la reforma permanente.

4. Vigencia

Las reformas estructurales entran en vigor a partir del 1 de enero de 2027, una vez el Organismo Ejecutivo sancione el decreto y se cumpla con su publicación en el Diario de Centro América.

¿Quiénes resultan beneficiados?

Los principales beneficiarios son los trabajadores que devengan el salario mínimo en relación de dependencia, en cualquiera de las circunscripciones económicas y actividades productivas del país (agrícola, no agrícola, y exportadora y maquila). Con el ajuste al salario mínimo 2026, varios trabajadores —particularmente aquellos del sector no agrícola del departamento de Guatemala— habían quedado por encima del umbral exento del ISR, lo que generó retenciones que con esta reforma quedan eliminadas.

Es importante destacar que la reforma:

  • No modifica las tasas del ISR.
  • No afecta a las rentas medias ni altas.
  • No impacta otros regímenes tributarios (como el Régimen de Pequeño Contribuyente o el Régimen Sobre Utilidades de Actividades Lucrativas).

Su efecto se concentra en proteger el ingreso de los trabajadores con menores remuneraciones bajo el principio constitucional de capacidad contributiva.

Implicaciones para los patronos

Los empleadores deberán revisar y ajustar sus procesos internos de cálculo y retención del ISR a partir de la entrada en vigencia del decreto. En particular, será necesario:

  • Recalcular la proyección anual de ISR de los colaboradores, aplicando la nueva deducción equivalente a 12 salarios mínimos y la deducción extraordinaria de Q3,024.00 para el período 2026.
  • Actualizar las planillas y sistemas de nómina para reflejar correctamente el monto exento indexado.
  • Atender las regularizaciones que correspondan respecto a retenciones ya efectuadas durante el ejercicio fiscal en curso.
  • Cumplir con los reportes y declaraciones ante la Superintendencia de Administración Tributaria (SAT) conforme a los plazos legales.

El incumplimiento en la correcta aplicación de la retención puede derivar en contingencias tributarias y sanciones, por lo que se recomienda asesoría profesional para una transición ordenada.

¿Qué debe hacer si tiene dudas sobre cómo le afecta?

La reforma tiene efectos directos tanto para empleadores como para trabajadores, y su correcta aplicación requiere una revisión cuidadosa de cada caso particular: estructura salarial, actividad económica, circunscripción, beneficios adicionales y régimen de tributación.

En Asesoría Global acompañamos a empresas y profesionales en la adecuación de sus procesos tributarios y laborales conforme a la nueva normativa. Nuestro equipo de abogados y notarios brinda asesoría integral en:

  • Revisión y ajuste de cálculos de ISR para asalariados.
  • Cumplimiento tributario y representación ante la SAT.
  • Asesoría laboral y revisión de contratos de trabajo.
  • Planificación fiscal para empresas y personas individuales.

Preguntas frecuentes

¿Cuándo entra en vigor el Decreto 13-2026?

Las reformas estructurales entran en vigor el 1 de enero de 2027, una vez el Organismo Ejecutivo sancione el decreto y se cumpla con su publicación en el Diario de Centro América. Para el período fiscal 2026 aplica de manera transitoria una deducción extraordinaria de Q3,024.00.

¿Qué pasa con las retenciones que ya me hicieron en 2026?

El artículo 4 del decreto establece una deducción extraordinaria de Q3,024.00 para el período del 1 de enero al 31 de diciembre de 2026, aplicable sin necesidad de comprobación, que busca compensar las retenciones efectuadas durante el año mientras entra en vigencia la reforma permanente. La regularización se aplica en la planilla anual.

¿La nueva deducción se actualiza cada año?

Sí. Una de las reformas centrales del decreto es que la deducción mínima vital se indexa al salario mínimo: equivale a 12 salarios mínimos anuales —incluyendo la bonificación incentivo— y se actualiza automáticamente conforme cambie el salario mínimo vigente cada año. Esto evita que la deducción pierda valor real con el paso del tiempo, como ocurrió con los Q48,000.00 fijos vigentes desde 2012.

¿Aplica a trabajadores por servicios profesionales o a empresarios individuales?

No. El Decreto 13-2026 reforma únicamente la base imponible del ISR aplicable a las rentas del trabajo en relación de dependencia. Quienes facturan por servicios profesionales tributan bajo el Régimen Sobre Utilidades de Actividades Lucrativas o el Régimen Opcional Simplificado, los cuales no se ven afectados por esta reforma.

¿Como empleador debo cambiar mi sistema de planillas ya?

Sí, es prudente comenzar de inmediato con la revisión. Aunque la reforma estructural entra en vigor el 1 de enero de 2027, la deducción extraordinaria de Q3,024.00 ya aplica al ejercicio fiscal 2026, por lo que las proyecciones anuales de ISR de cada colaborador deben recalcularse y los sistemas de nómina deben actualizarse para evitar retenciones en exceso y contingencias frente a la SAT.

¿Cómo le afecta el Decreto 13-2026 a su empresa?

Recalculamos las proyecciones de ISR de su planilla, ajustamos sus sistemas de nómina y le acompañamos en la regularización ante la SAT. Le respondemos el mismo día.

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